Prestaciones del Grado III+: importes, usos permitidos y compatibilidades

04/11/2025
Mujer mayor usando un andador, sonriendo mientras es acompañada por una profesional

Marco económico del Grado III+ (visión general)

El RDL 11/2025 refuerza las cuantías para garantizar atención continuada 24 h en el domicilio a personas con ELA avanzada u otros procesos de alta complejidad, vinculando la financiación a ayuda a domicilio y asistencia personal (no PECEF).

Importes y límites

  • Nivel mínimo estatal garantizado: 4.930 €/mes para todas las personas con Grado III+, en todo el territorio.
  • Cuantías máximas (topes): hasta 9.859 €/mes tanto para ayuda a domicilio como para asistencia personal.
  • Complementos autonómicos: las CCAA pueden añadir cuantías sobre el mínimo estatal; el mínimo de 4.930 € está asegurado.
  • Regla de coste real (asistencia personal): la prestación nunca puede superar el coste de contratación del servicio.

Qué financia la prestación vinculada a servicio (ayuda a domicilio) en III+

Uso exclusivo en ayuda a domicilio, incluyendo: atención personal (higiene, alimentación, movilidad), apoyo en ABVD, servicios sociosanitarios domiciliarios especializados y supervisión/atención continuada 24 h. No cubre centros de día, residencias ni productos de apoyo.

Qué financia la prestación de asistencia personal

Cubre la contratación de un/a asistente personal para autonomía, acceso a educación y trabajo, participación social y acompañamientos. Límite: no superar el coste real del servicio.

Qué no cubre en III+

  • No procede la PECEF (cuidados en entorno familiar) en el III+.
  • Con la vinculada a servicio (III+), no se financian centros de día, residencias ni productos de apoyo.

Compatibilidades e incompatibilidades

  • Pensiones: compatible con contributivas y no contributivas (jubilación, invalidez, viudedad); la capacidad económica puede modular el importe final.
  • Dentro del SAAD: incompatible cobrar dos prestaciones económicas a la vez; compatible con teleasistencia.
  • ConELA: si la atención queda garantizada por ayuda a domicilio o asistencia personal del III+, deja de ser subvencionable contratar nuevos servicios con cargo al RD 667/2025 (ConELA).

Optimización del PIA: uso estratégico de las cuantías

La finalidad del III+ es sostener coberturas 24/7 en casa con cuidados complejos y supervisión. Para grandes necesidades de apoyo, una planificación tipo puede ser:

  • Lunes a viernes: 3 turnos de 8 h por día, coste aprox. por turno: 1.800 €.
  • Fines de semana: 3 turnos de 8 h por día, coste aprox. por turno: 615,68 €.

Consejo operativo: alinear el PIA con tareas de ayuda a domicilio y, cuando proceda, con asistencia personal, priorizando necesidades para garantizar continuidad 24 h en domicilio.

Cómo te ayuda Clara en Red

  • Búsqueda y verificación de cuidadores/as con experiencia en ELA, capaces de aprender y adaptarse a la progresión.
  • Organización de coberturas 24 h (turnos y relevos) conforme a los usos del III+.
  • Plataforma preparada para la contratación de asistentes personales, aterrizando el PIA en el domicilio sin desviarnos de la norma.

Empieza en claraenred.org

Preguntas frecuentes (selección para este artículo)

¿El mínimo de 4.930 € y los máximos de 9.859 € aplican igual en todas las CCAA?
El mínimo de 4.930 € es uniforme; las CCAA pueden añadir complementos. Los máximos son 9.859 €/mes para ayuda a domicilio y asistencia personal.

¿La asistencia personal puede ser familiar?
El documento no lo especifica para III+; la redacción orienta a la profesionalización. En todo caso, la cuantía no puede superar el coste real de contratación.

¿Puedo usar la vinculada a servicio para residencia o productos de apoyo?
No. En III+ la vinculada a servicio es exclusiva para ayuda a domicilio; para productos de apoyo/adaptación hay otras líneas fuera de estas prestaciones.

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